Teléfono de atención al cliente:
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Definición del servicio

RIOASOCIADOS ofrece la posibilidad mediante la cobertura Socio RIOARRENDADOR de que el arrendador de un inmueble pueda disponer, con sólo una llamada, de un amplio asesoramiento jurídico de acuerdo con lo estipulado en las condiciones generales de contratación.

“Con sólo una llamada, nos tienes a tu lado. 24 horas al día, 365 días al año.”

El coste de la presente cobertura incluye únicamente un inmueble. En el caso de que el Socio fuera titular de más de un inmueble arrendado y quisiera que todos ellos disfrutaran de la presente cobertura, deberá satisfacer tantas cuotas como inmuebles desee incluir en la cobertura. El servicio de asesoramiento jurídico Socio RIOARRENDADOR será prestado por los abogados en ejercicio de RIOASOCIADOS.

El servicio Socio RIOARRENDADOR se prestará telefónicamente, si bien, a criterio del abogado que efectúe el asesoramiento telefónico, se podrá remitir al Socio a cualquiera de nuestras oficinas en España para realizar la consulta de forma presencial sin coste adicional alguno.

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