Entendemos por colectivo todo tipo de asociaciones (sociales, culturales, de vecinos, de comerciantes, religiosas…), fundaciones y agrupaciones de personas físicas o jurídicas, que persigan la consecución de unos mismos fines.
Se puede contratar la cobertura para el colectivo, en cuyo caso el usuario del servicio será la persona designada a tales efectos por cada colectivo, así como para el colectivo + miembros, en cuyo supuesto tendrán también la condición de usuarios del servicio los miembros del colectivo amparados por la cobertura.
Y todo ello, con la calidad y la confianza de RIOASOCIADOS, el despacho de abogados líder en España en número de oficinas.